Constitución del Papa Gregorio XIII, de fecha 1 de agosto de 1583, conforme a la cual abrogaba la discriminación fundada en pureza de sangre que se había establecido en la Orden de los Mínimos en Capítulo General celebrado en Fréjus (prohibición de admisión en la Orden a los descendientes de judíos, mahometanos o herejes). El Papa decide no sólo que puedan admitirse en la Orden a descendientes de judíos, musulmanes y herejes, sino que puedan desempeñar en el instituto toda suerte de dignidades, grados y oficios. En cambio, mantiene la prohibición de ingreso para los descendientes de relapsos hasta la cuarta generación.