Breve del Papa Benedicto XIV, fechado en Roma el 26 de marzo de 1757, conforme al cual se concede, a petición del Procurador General de los Mínímos Francisco Galindo, indulgencia plenaria a los fieles que, con las condiciones habituales (confesión, comunión, rezar por la concordia de los príncipes cristianos, por la extirpación de las herejías y exaltación de la Santa Madre iglesia) visiten el día 4 de mayo (desde las primeras vísperas hasta la puesta del sol) alguna de las iglesias conventuales de los frailes mínimos o de las monjas mínimas o que estén bajo cuidado, régimen o administración de dichos frailes.