Constitución del Papa Urbano VIII, de fecha 13 de febrero de 1625, por la que, a petición del Padre Provincial Lorenzo de Peyrinis, dispone, bajo pena de excomunión y privación de voz activa y pasiva, que no se puedan extraer libros de la biblioteca del convento mínimo de Jesus Maria de Génova.
Una versión incompleta puede leerse en: Giuseppe M. Roberti, Disegno storico dell'Ordine de'Minimi, vol. II, Roma, 1908, pp.197-198.